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¿Si no supero el periodo de prueba en un trabajo tengo derecho a paro?

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Los trabajadores que han cotizado durante el tiempo suficiente a la Seguridad Social tienen un mecanismo de protección al que acogerse cuando se quedan sin trabajo: la prestación por desempleo. Para ello es necesario haber acumulado un periodo mínimo de cotización de 360 días. Pero, ¿qué sucede si no se supera el periodo de prueba en un trabajo?

La normativa es clara al respecto: para poder cobrar el paro es necesario estar en situación legal de desempleo y en búsqueda activa de trabajo. Y, además, es imprescindible que el trabajador se haya quedado sin trabajo de forma involuntaria, por lo que el cobro de esta paga no es posible para quienes abandonan voluntariamente su puesto de trabajo.

En lo referente al periodo de prueba y el paro, lo primero que hay que saber es que este periodo se fija tras un acuerdo entre el trabajador y el empresario. El tiempo máximo para este contrato de prueba es de seis meses y durante ese periodo tanto el empresario como el trabajador podrán romper la relación laboral.

En caso de que sea el empresario el que cese al trabajador, si no han pasado más de tres meses desde que se dio de baja de la anterior empresa no hay derecho a cobrar la prestación de desempleo. Mientras que sucede lo contrario si han pasado más de tres meses desde la baja voluntaria, ya que en ese caso sí que se podrá cobrar el paro.

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